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Lawfare electoral en Ecuador: el rol del juez Viteri



Desde 2017 Ecuador ha sido escenario de una estrategia sistemática de lawfare contra la Revolución Ciudadana (RC). Esta guerra política por la vía judicial-mediática ha operado a través de al menos cuatro mecanismos: persecución administrativa desde la Contraloría, persecución judicial desde la Fiscalía y los tribunales, modificación del marco constitucional y legal, y bloqueo político del correísmo para impedir su representación. El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) ha sido una pieza central de este dispositivo, y el juez Joaquín Viteri se ha convertido en un operador clave. El presente informe documenta cómo los fallos de Viteri entre 2024 y 2026 han llevado el lawfare ecuatoriano a un nivel inédito: la proscripción total de una fuerza política mayoritaria sin fundamentos ni sentencia firme en sede penal.


La Centralidad del TCE en el Lawfare Electoral


El TCE no es una instancia menor. Es el órgano encargado de resolver conflictos electorales, sancionar infracciones, suspender derechos políticos y decidir, en última instancia, quién puede participar en las elecciones y quién no. Quien controla el TCE, controla el acceso al sistema político. Y desde 2017, el TCE ha sido controlado por fuerzas hostiles a la RC.


Una de las herramientas más poderosas del TCE es la suspensión de derechos políticos. Lo que en la ley está previsto como una sanción excepcional para casos graves, se ha convertido en una práctica ordinaria, sin fundamentos, contra opositores. La causal de "infracción electoral muy grave" se ha interpretado de manera tan amplia que puede aplicarse a conductas como inducir al voto en actos políticos, hacer campaña anticipada o incluso expresar opiniones políticas en redes sociales. Esta elasticidad normativa es la materia prima del lawfare: la ley no se aplica, se fabrica para cada caso.


Joaquín Viteri: Perfil y Patrón de un Operador Judicial


Joaquín Viteri Llanga es juez principal del TCE que se desempeña en funciones prorrogadas, una situación irregular que por sí misma cuestiona la legitimidad de sus decisiones. Fue Presidente del TCE durante el período de transición desde el 29 de noviembre de 2018 hasta el 4 de junio de 2019. Tras realizar el concurso de oposición y méritos organizado por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social Transitorio, fue nombrado juez del TCE. Antes de ser juez del TCE fue director nacional administrativo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) y ha sido asesor del Congreso Nacional. Además, ha tenido cargos académicos como docente en la Facultad de Jurisprudencia y su Instituto de Posgrado, en la Universidad Central del Ecuador. Ha sido conferencista del Centro Americano para la Solidaridad Laboral Internacional ACILS/AFL-CIO. Dicho centro recibe financiamiento del gobierno de Estados Unidos, en parte de la USAID, para dar preparación política a líderes sindicales en varios países de América Latina, entre ellos México. Es doctor en jurisprudencia por la Universidad de Guayaquil (2003), Magíster en Derecho con mención en Derecho Administrativo (2007). Se desempeña como consultor de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).


El juez Viteri ha sido acusado públicamente de favorecer al Poder Ejecutivo de turno, y el análisis de sus fallos entre 2024 y 2026 confirma esa acusación como un patrón sistemático y no como una excepción ocasional. Viteri no actúa solo. Es parte de una constelación de operadores que incluye a la ex Fiscal General Diana Salazar (2019 - 2025), a otros jueces del TCE y a jueces de la Corte Constitucional alineados con el oficialismo, y a una red de medios de comunicación que amplifican sus fallos para construir un sentido común favorable a la persecución y a la eliminación del correísmo.


Autoridades electorales con mandato vencido y con funciones prorrogadas


Es muy importante destacar que tanto las autoridades del Consejo Nacional Electoral (CNE) como del TCE tienen sus mandatos vencidos, en tanto asumieron sus cargos entre 2018 y 2019. Los mandatos son de seis años (aunque deberían renovarse por mitades cada tres años, lo que tampoco se ha cumplido), pero ante la incapacidad del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) de nombrar nuevos funcionarios, los mandatos vencidos respectivamente en 2024 y 2025 han sido prorrogados indefinidamente, generando una situación irregular que afecta gravemente la legitimidad de las decisiones que se toman en este tiempo.


CONSEJO NACIONAL ELECTORAL (CNE)

Nombre

Cargo

Posesión

Fin de mandato regular

Diana Atamaint

Presidenta

Noviembre de 2018

Noviembre de 2024

Enrique Pita

Vicepresidente

Noviembre de 2018

Noviembre de 2024

José Cabrera

Consejero

Noviembre de 2018

Noviembre de 2024

Esthela Acero

Consejera

Noviembre de 2018

Noviembre de 2024

Elena Nájera

Consejera

Enero de 2019

Enero de 2025

TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL (TCE)

Nombre

Cargo

Posesión

Fin de mandato regular

Ivonne Coloma

Presidenta

Abril de 2019

Abril de 2025

Ángel Torres

Vicepresidente

Abril de 2019

Abril de 2025

Joaquín Viteri

Juez

Abril de 2019

Abril de 2025

Guillermo Ortega

Juez

Abril de 2019

Abril de 2025

Patricio Maldonado

Juez

Abril de 2019

Abril de 2025

SUPLENTES (TCE)

Nombre

Cargo

Posesión

Fin de mandato regular

Cristina Kronfle

Suplente

Enero de 2019

Enero de 2025

Mónica Noriega

Suplente

Enero de 2019

Enero de 2025

Roosvelt Cedeño

Suplente

Abril de 2019

Abril de 2025

Richard González

Suplente

Abril de 2019

Abril de 2025

José Merino

Suplente

Agosto de 2024

Agosto de 2030


Fallos contra la RC



Fallos contra otros opositores


  • Noviembre 2024 – Descalificación de Jan Topic. El TCE descalificó la candidatura de Jan Topic para las elecciones presidenciales por supuesta incompatibilidad con su rol de empresario. Topic, un político opositor a Daniel Noboa aunque ajeno al correísmo, fue eliminado de la contienda en una decisión que demostró que el lawfare del TCE no se limitaba a la RC, sino que apuntaba a cualquier adversario del oficialismo, sin importar su signo político. La decisión tuvo los votos favorables de los jueces Angel Torres, Guillermo Ortega, Joaquín Viteri e Ivonne Coloma, con el voto disidente de Fernando Muñoz.

  • Enero 2025 – Consejeros de la “Liga Azul”. Con los votos de los jueces Guillermo Ortega, Joaquín Viteri, Ana Abril e Ivonne Coloma, y el voto disidente de Richard González, el TCE por cuatro a uno aprobó la destitución de cuatro consejeros del CPCCS . Se trata de Eduardo Franco, Augusto Verduga, Yadira Saltos y Vielka Párraga, integrantes de la llamada “Liga Azul”, una organización que mantenía posiciones críticas frente al gobierno. La decisión, basada en supuestos vínculos con el correísmo, se sumó a una serie de fallos que vaciaron de contenido la autonomía de órganos colegiados no alineados con el ejecutivo.

  • Marzo 2025 – Suspensión de derechos políticos de Verónica Abad. En una decisión de alto impacto político, el TCE por tres a votos a favor y dos en contra, aprobó el proyecto del juez Viteri y emitió sentencia a favor de la suspensión por dos años de los derechos políticos de Verónica Abad, vicepresidenta de la República en conflicto abierto con Daniel Noboa. La acusación partió de la canciller Gabriela Sommerferld por “violencia política de género”. El fallo demostró que la lealtad de Viteri no era a la institucionalidad ni a la legalidad, sino al presidente de turno: neutralizó a la propia vicepresidenta cuando esta se convirtió en un problema para el ejecutivo.

  • Abril 2026 - Inhabilitación de los partidos Construye y Unidad Popular. El CNE procedió a descalificar los partidos Construye y Unidad Popular, opositores, por “no cumplir requisitos”. Esta decisión se suma a la suspensión dictada contra la RC por nueve meses, en otro avance contra la disidencia.


Fallos a favor del Ejecutivo



La Consumación de la Proscripción: El Caso "Caja Chica" (Marzo 2026)


El 6 de marzo de 2026, Viteri ordenó la suspensión por nueve meses del movimiento Revolución Ciudadana del Registro de Organizaciones Políticas, como parte de la causa conocida como "Caja Chica". La medida inhabilitó a la principal fuerza opositora para participar en las elecciones de este año. Es la culminación de años de persecución: ya no se trata de inhabilitar a un candidato o sancionar a un dirigente, sino de eliminar a todo un movimiento político del mapa electoral.


Las irregularidades de este proceso son graves y numerosas. En primer lugar, la decisión se adoptó en fase preprocesal, sin que existiera una sentencia firme que determinara responsabilidades. Viteri aplicó una medida cautelar inédita sobre una investigación que está muy lejos de haber concluido. En segundo lugar, la investigación se basó en una denuncia anónima y en el testimonio de un "colaborador eficaz" llamado Santiago Díaz Asque, quien había sido expulsado de la Revolución Ciudadana cuando se hizo pública una denuncia por violación en su contra de una menor de 12 años, por la cual cumplía prisión preventiva. El testimonio de un acusado de violación, ofrecido a cambio de beneficios penales, se convirtió en la prueba principal para proscribir a la fuerza política más votada del país.


En tercer lugar, desde el 5 de febrero de 2026, la propia RC había denunciado la filtración de un fallo que buscaba su proscripción, un fallo que habría sido elaborado antes de la audiencia pública del 18 de febrero. Es decir, Viteri ya había decidido antes de escuchar a la defensa. En cuarto lugar, la dirección del movimiento no fue notificada formalmente de la investigación fiscal. Cuando solicitó la nulidad de la medida cautelar por inexistente en el ordenamiento jurídico, su pedido fue rechazado bajo el argumento de que en el registro oficial del CNE aún constaba una directiva anterior como autoridad partidaria. Se negó el derecho a la defensa por un tecnicismo administrativo.


El efecto de esta decisión fue inmediato. El CNE ejecutó la suspensión y para completar la operación proscriptiva, modificó el calendario electoral, adelantando las elecciones seccionales del 14 de febrero de 2027 al 29 de noviembre de 2026, con plazos de inscripción reducidos que restringieron aún más cualquier intento de participación de los referentes de la fuerza política proscrita.



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